๐‚๐ˆ๐”๐ƒ๐€๐ƒ๐€๐๐Ž๐’ ๐ˆ๐‘๐‘๐„๐’๐๐Ž๐๐’๐€๐๐‹๐„๐’ ๐ƒ๐„๐‰๐€๐ ๐‘๐„๐’๐ˆ๐ƒ๐”๐Ž๐’ ๐๐‘๐Ž๐‡๐ˆ๐๐ˆ๐ƒ๐Ž๐’ ๐„๐ ๐๐Ž๐“๐€๐ƒ๐„๐‘๐Ž ๐˜ ๐€๐‹ ๐‘๐„๐ƒ๐„๐ƒ๐Ž๐‘๐„๐’

La Municipalidad Distrital de Macarรญ, a travรฉs de la Sub Gerencia de Desarrollo Ambiental y Servicios Pรบblicos, cumpliendo con el manejo pertinente, oportuno y correspondiente en ๐—ฒ๐—น รก๐—ฟ๐—ฒ๐—ฎ ๐—ฑ๐—ฒ๐—ด๐—ฟ๐—ฎ๐—ฑ๐—ฎ๐—ฑ๐—ฎ (๐—ฏ๐—ผ๐˜๐—ฎ๐—ฑ๐—ฒ๐—ฟ๐—ผ ๐—ฑ๐—ฒ๐—ป๐—ผ๐—บ๐—ถ๐—ป๐—ฎ๐—ฑ๐—ผ โ€œ๐—–๐—ฟ๐˜‚๐˜‡ ๐—”๐—ท๐—ท๐—ฎโ€), identifico que algunos ciudadanos de manera irresponsable e inescrupulosa, vienen dejando ๐—ฟ๐—ฒ๐˜€๐—ถ๐—ฑ๐˜‚๐—ผ๐˜€ ๐˜€รณ๐—น๐—ถ๐—ฑ๐—ผ๐˜€ ๐—ฒ๐˜€๐—ฝ๐—ฒ๐—ฐ๐—ถ๐—ฎ๐—น๐—ฒ๐˜€ ๐—ป๐—ผ ๐—บ๐˜‚๐—ป๐—ถ๐—ฐ๐—ถ๐—ฝ๐—ฎ๐—น๐—ฒ๐˜€ ๐˜๐—ฎ๐—น๐—ฒ๐˜€ ๐—ฐ๐—ผ๐—บ๐—ผ (๐—ฐ๐—ฎ๐—ฟ๐—ฐ๐—ฎ๐˜€๐—ฎ๐˜€ ๐—ฑ๐—ฒ ๐˜ƒ๐—ฎ๐—ฐ๐˜‚๐—ป๐—ผ, ๐—ฐ๐˜‚๐—ฒ๐—ฟ๐—ผ๐˜€ ๐—ณ๐—ฟ๐—ฒ๐˜€๐—ฐ๐—ผ๐˜€ ๐˜† ๐˜€๐—ฒ๐—ฐ๐—ผ๐˜€, ๐—ถ๐—ป๐˜๐—ฒ๐˜€๐˜๐—ถ๐—ป๐—ผ๐˜€ ๐—ฑ๐—ฒ ๐—ฎ๐—ป๐—ถ๐—บ๐—ฎ๐—น๐—ฒ๐˜€, ๐—ฒ๐˜๐—ฐ.), en el botadero denominado โ€œCruz Ajjaโ€ y alrededores; situaciรณn que va en contra de las normativas ambientales, el buen manejo del รกrea y las disposiciones establecidas por la Municipalidad mediante ๐—ข๐—ฅ๐——๐—˜๐—ก๐—”๐—ก๐—ญ๐—” ๐— ๐—จ๐—ก๐—œ๐—–๐—œ๐—ฃ๐—”๐—Ÿ ๐—กยฐ 14-2023-๐— ๐——๐— .
Seรฑalar que estas acciones irresponsables hacen que los canes (perros), se junten en grandes cantidades en las inmediaciones del botadero y zonas aledaรฑas a la misma, poniendo en riesgo la integridad de personas principalmente niรฑos que transitan por la zona, ademรกs de animales como ovejas, alpacas y vacunos.
Referir que luego de identificar a estos ciudadanos, la Municipalidad cumplido con notificar a los infractores en una primera instancia en merito a lo seรฑalado en el Art. 18ยฐ de la citada Ordenanza que seรฑala que โ€œQueda Terminantemente prohibido el arrojo y/o disposiciรณn de residuos sรณlidos en (โ€ฆ) alrededores del รกrea degradada (botadero) y puntos crรญticos de la ciudadโ€, tipificรกndose una INFRACCIร“N GRAVE segรบn el Art. 22ยฐ, advirtiรฉndose ademรกs que de ser reincidente, en flagrancia detectada por segunda o mรกs veces, serรก sancionado de acuerdo a la infracciรณn cometida, establecido en el cuadro de infracciones y sanciones con hasta el 2.5% de la UIT dependiendo al tipo de persona, ademรกs de derivar su caso a las instancias ambientales correspondientes.
Precisar que el รกrea degradada botadero denominado โ€œCruz Ajjaโ€ es un espacio que estรก reconocido por el Organismo de Evaluaciรณn y Fiscalizaciรณn Ambiental- OEFA; encontrรกndose bajo administraciรณn de la Municipalidad Distrital de Macarรญ.
Es importante seรฑalar tambiรฉn que la Municipalidad a la fecha no tiene la titularidad del terreno en el que se encuentra el รกrea degradada botadero denominado โ€œCruz Ajja; lo que impide que se pueda invertir para poder realizar trabajos de cercado y otros ademรกs de contratar un cuidante y/o guardian.
Remarcar ademas que la Municipalidad Distrital de Macari, emitiรณ el aรฑo anterior la ORDENANZA MUNICIPAL Nยฐ 14-2023-MDM โ€œOrdenanza que regula la gestiรณn integral de los residuos sรณlidos y prohรญbe el arrojo de residuos, materiales de construcciรณn, desmonte, enseres domรฉsticos en la vรญa pรบblica, terrenos baldรญos, casas abandonadas, fuentes de agua y otros lugares en el รกmbito de la jurisdicciรณn del distrito de Macarรญโ€, cuyo objetivo de la misma es de asegurar una gestiรณn y el manejo de los residuos sรณlidos econรณmica, sanitaria y ambientalmente responsable, en cumplimiento a lo dispuesto por el D.L. Nยฐ 1278.